Cómo se inscribe un nacimiento en España

El comienzo de la vida jurídica de una persona es lo que implica la inscripción de nacimiento ante el Registro Civil. Pero, ¿Qué hay de esta inscripción?, ¿Qué dice la legislación española al respecto? ¿Cómo se lleva a cabo este trámite? ¿Quiénes son los obligados a inscribir?…

Vamos a responder estas preguntas aquí, detallar un poco sobre ello y orientar mejor la comprensión de este tema.

Bien, al referirnos a la inscripción de nacimiento debemos mencionar la definición que da el artículo 41 de la Ley de 8 de junio de 1957 sobre el Registro Civil: “La inscripción hace fe del hecho, fecha, hora y lugar del nacimiento, del sexo y, en su caso, de la filiación del inscrito”.

Por su parte el artículo que antecede en dicha ley menciona que “Son inscribibles los nacimientos en que concurran las condiciones establecidas en el artículo 30 del Código Civil”.

Entonces, ¿qué se necesita para que se pueda realizar la inscripción? La respuesta lo da el artículo 30 del Código Civil Español: “La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno”.

Por supuesto, esto conlleva a que toda persona pueda ser inscrito su partida de nacimiento, de hecho, es una obligación la inscripción y un derecho humano del recién nacido. Ahora veremos quienes están obligados y cómo se produce la inscripción.

Obligados a promover la inscripción de nacimiento

  • La dirección de hospitales, clínicas y establecimientos sanitarios.
  • El personal médico o sanitario que haya atendido el parto, cuando éste haya tenido lugar fuera de establecimiento sanitario.
  • El padre.
  • La madre.
  • El pariente más próximo o, en su defecto, cualquier persona mayor de edad presente en el lugar del alumbramiento al tiempo de producirse.

¿Cómo se inscribe el nacimiento en el registro?

La inscripción del recién nacido se realiza ante el Registro Civil del lugar en donde ocurrió el nacimiento. Para ello usted va a necesitar:

  • Declaración de quien tenga conocimiento del nacimiento.
  • Informe médico del nacimiento, el centro de salud donde ocurrió el nacimiento le brinda este documento.
  • D.N.I de los padres y libro de familia

Hay casos especiales en la cual se va a requerir asistir a otros sitios para promover la inscripción de nacimiento como:

  • Cuando el nacimiento que tiene lugar durante un viaje, se hará en el Registro del lugar donde se abandona el vehículo.
  • Si el nacido o uno de los contrayentes fallecen antes de abandonar el vehículo la inscripción se va a realizar en el Registro donde se inscribirá la defunción.
  • En caso de naufragio, en defecto de diligencias instruidas por autoridades españolas, se decidirá la competencia para la inscripción por razón del lugar del siniestro. En la catástrofe aérea rigen las reglas del naufragio.

Después de dirigirse ante la oficina del Registro Civil correspondiente para promover la inscripción de nacimiento, el Encargado de la Oficina General o Consular una vez recibida y examinada la documentación procederá inmediatamente a inscribir el documento.

Una vez practicada la inscripción el Encargado expedirá el certificado literal de la inscripción de nacimiento y la remitirá al domicilio señalado a tal fin por el declarante o declarantes.

¿Cuál es el plazo para promover la inscripción?

Desde el momento del nacimiento del recién nacido hasta los 8 días naturales. Extraordinariamente, este periodo puede ampliarse hasta los 30 días naturales.

Además, al respecto a los nacimientos que se hayan producido fuera de establecimiento sanitario o cuando por cualquier causa no se haya remitido el documento en el plazo y condiciones previstos, los obligados a promover la inscripción tendrán de un plazo de diez días para declarar el nacimiento ante la Oficina General o Consular del Registro Civil.

¿Qué efectos genera la inscripción de nacimiento?

Entre los efectos que produce la inscripción de nacimiento podemos nombrar los siguientes:

  • Abre el registro individual y único de la persona en el Registro Civil, del cual se suscribirán todas las demás hechos registrables a lo largo de su vida.
  • Se cumple con el Derecho a tener un nombre, le da identidad al nacido.
  • Hace cumplir el principio registral de publicidad debido a que pueden solicitarse pruebas fehacientes de la inscripción de nacimiento. La forma de realizarlo es a través de un certificado de nacimiento, para más detalles revisar este artículo que trata sobre ello ___.

Novedades:

Recientemente el gobierno espanol público en fecha 14 de julio de 2015 en el BOE, la Ley 19/12015, de 13 de julio una reforma administrativa a algunos elementos legales respecto a trámites registrales, entre ellos trata sobre la inscripción de nacimiento.

Lo que se busca con esta resolución legal es que la inscripción de los recién nacidos se lleve a cabo directamente desde los centros sanitarios, así saltándose el paso de dirigirse ante el Registro Civil respectivo.

Los padres, asistidos por los facultativos que hubieran asistido al parto, firmarán el formulario oficial de declaración al que se incorporará el parte facultativo acreditativo del nacimiento, que se remitirá telemáticamente desde el centro sanitario al Registro Civil, amparado con el certificado reconocido de firma electrónica del facultativo.

Aparte de este aspecto se ha detallado las normas concernientes a los casos excepcionales de nacimientos fuera de establecimiento de salud o que haya habido demora en la remisión del formulario de inscripción en los lapsos previstos por ley.

A raíz de ello se ha instaurado la certificación médica electrónica a los efectos de la inscripción en el Registro Civil de los nacimientos en circunstancias normales, en centros sanitarios.

Posted on: mayo 27, 2018, by : admin

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *